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La siguiente es una noticia del día 3 de abril de 2017
donde el MinTrabajo formuló pliego de cargos contra AeroRepública por pacto
colectivo
La coordinadora del Grupo de Resolución de Conflictos y
Conciliaciones del Ministerio del Trabajo, Amanda Burbano, ordenó formular
cargos a AeroRepública – Copa Colombia por implementar un pacto colectivo.
De acuerdo con el Ministerio, la aerolínea “presuntamente
violó el artículo 354 al obstruir o dificultar la afiliación de su personal a
una organización sindical de las protegidas por la ley mediante dádivas o
promesas, o condicionar la obtención o conservación del empleo, toda vez que la
empresa AeroRepública S.A. implementó un pacto colectivo denominado ‘Plan
volando alto’, otorgando posiblemente mejores beneficios que los adquiridos a
través del laudo arbitral”.
Respecto a esa medida del Ministerio de Trabajo no procede
recurso alguno por parte de la empresa y le concedieron 15 días para que la
administración acuda a descargos, requiera o allegue pruebas.
En procura de los derechos de los pilotos del país la
Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC), presentaron la aludida
querella ante Mintrabajo.
Tomada de: http://www.rcnradio.com/nacional/mintrabajo-formulo-pliego-cargos-aerorepublica-pacto-colectivo/
SANDRA MILENA RUBIO BOTIVA
Cod. 1310010269
La ley es clara en el derecho que tienen todos los trabajadores de formar sindicatos y de los empleadores de dejar ejercer ese derecho; dice la ley también que el patrono goza de libertad para celebrar con los trabajadores no sindicalizados pactos colectivos, que pueden coexistir con convenciones colectivas de trabajo. No obstante, esta regla general tiene su excepción en el art. 70 de la ley 50 de 1990, que dice: "cuando el sindicato o sindicatos agrupen más de la tercera parte de los trabajadores de una empresa, ésta no podrá suscribir pactos colectivos o prorrogar los que tenga vigentes".
ResponderEliminarMaria Mercedes Espitia